Organización Demócrata Cristiana de América
Grupo Parlamentario de UNIDAD NACIONAL
 
 

DECRETO LEY Nº 11059

CREACIÓN DEL DISTRITO DE BREÑA

EL PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

POR CUANTO:
LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO HA DADO EL DECRETO LEY Nº 11059:

CONSIDERANDO:
Que, las urbanizaciones de Breña, Chacra Colorada, Garden City, Azcona, Chacra Ríos, Dos de Mayo, Conde de las Torres y Wiesse, han alcanzado considerablemente desarrollo, encontrándose en su mayor parte dotadas de servicios públicos.

Que, la Municipalidad de Lima se halla en la imposibilidad material de atender las crecientes necesidades de aproximadamente 80 mil personal que habitan en esas urbanizaciones y siendo deber del estado velar por el bienestar de las poblaciones en uso de las facultades de que está investida; DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Crease el Distrito de Breña, que estará formado por las urbanizaciones de Breña, Chacra Colorada, Garden City, Azcona, Chacra Ríos, Dos de Mayo, Conde de las Torres y Wiesse.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los límites del distrito serán:

AL ESTE: A partir del Puente del Ejército y el eje de las avenidas Bolognesi y Alfonso Ugarte hasta la Plaza Bolognesi, midiendo 2 400 metros y siguiendo por la Avenida Brasil a terminar con el encuentro del jirón Mayor Pedro Ruiz, midiendo 1 440 metros.
AL SUR: Con el distrito de Pueblo Libre a partir de la Avenida Brasil y siguiendo el jirón Mayor Pedro Ruiz y encontrar la prolongación de la avenida 28 de Julio hasta encontrar la otra prolongación en una extensión de 3 334 metros.
AL OESTE: Con el distrito de San Miguel, a partir de la prolongación de la avenida 28 de Julio hasta la avenida Mariscal Oscar R. Benavides y Unidad Vecinal Nº 3, midiendo 2 200 metros y siguiendo al norte hasta el eje del río Rímac en una extensión de 1 680 metros y colindando con la Provincia Constitucional del Callao.
AL NORTE: Por el eje del río Rímac hasta encontrar la mitad del Puente del Ejército midiendo 4 488 metros. Punto de partida de la presente demarcación.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los 15 días del mes de julio de 1949

POR TANTO:

Mando se impriman, publique y circule y se dé el debido cumplimiento. Lima, 15 de julio de 1949.

Manuel A. Odría (fdo.)

Firma el Consejo de Ministros.

 
 
 
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